¿Qué es la Asistencia Farmacéutica?
- Asistencia farmacéutica propiamente dicha, que incluye los medicamentos entendidos como especialidades medicinales y algunas soluciones para infusión.
- Asistencia complementaria, que se refiere al material sanitario distinto de los medicamentos, dispositivos médicos, productos dietéticos destinados a una alimentación particular (concedibles solo a pacientes pertenecientes a determinadas categorías sociales y/o afectados por formas mórbidas crónicas e invalidantes).
¿Cómo contar con la Asistencia Farmacéutica?
La concesión de los medicamentos a los asistidos se realiza mediante la emisión, por parte del MMG/PLS u otro Sanitario habilitado, de una receta estandarizada de lectura óptica de la Región del Lacio y respetando la lista de especialidades farmacéuticas prescripbles, incluidas en el Manual Terapéutico Nacional. Los medicamentos enumerados se dividen actualmente en dos grupos de admisibilidad A y C:
- la franja A: a cargo del Servicio Nacional de Salud (algunos medicamentos de la franja A incluidos en el PHT y el Oxígeno Líquido corren a cargo del SSN solo si son dispensados por parte de la SS Farmacia Distrito B);
- la franja C: a cargo del usuario (a excepción de los beneficiarios mencionados en la Ley 203/00)
¿Dónde se solicita la Asistencia Farmacéutica?
- Farmacias afiliadas públicas y privadas (ver lista)
- Empresa U.S.L. (para autorizaciones/distribución) – S.S. Farmacia Distrito – Via A. Fabi Tel. 0775-8821 (Centralita ASL Frosinone).
¿Cuándo se solicita la Asistencia Farmacéutica?
- De lunes a sábado (farmacias afiliadas) 08:30/12:30 – 16:30/20:00
- De lunes a viernes (Empresa U.S.L.) a las 08:30/12:30 – 14:00/15:00
Los días festivos siempre está abierta una farmacia asociada. La indicación de los turnos de apertura y disponibilidad se encuentran en el tablón de anuncios situado en el exterior de cada farmacia.
¿Cuál es el coste?
Existe un régimen complejo de gastos compartidos. Para todos los medicamentos con patente aún en vigor o no incluidos en la lista de envases con precio de referencia, están en vigor las siguientes cuotas de participación:
Asistidos no exentos
- 4,00 € para los medicamentos con un precio de venta al público SUPERIOR A 5,00 €
- 2,50 € para medicamentos con un precio de venta al público INFERIOR o IGUAL a 5,00 €
Asistidos exentos por patología
- 2,00 € para medicamentos con un precio de venta al público SUPERIOR A 5,00 €
- 1,00 € para medicamentos con un precio de venta al público INFERIOR o IGUAL a 5,00 €
Para los medicamentos cuyo principio activo no está patentado y que tienen un equivalente genérico enumerado en la lista de transparencia, se debe el pago de la posible diferencia con el precio de referencia.