El Servicio de Prevención y Seguridad en los Lugares de Trabajo (S.Pre.S.A.L.) protege la salud y la seguridad de los trabajadores en los lugares de trabajo mediante acciones de control y vigilancia y acciones de promoción y asistencia dirigidas a los trabajadores y a las figuras empresariales de la prevención.
Ámbitos de actividad
Cumplimiento de las normas y contención de componentes irregulares
- vigilancia programada por el servicio y por señalización de terceros en los ambientes de trabajo caracterizados por un alto riesgo de accidente y de patologías de origen profesional;
- investigaciones sobre accidentes y enfermedades profesionales en nombre de la Autoridad Judicial;
- expresión de las opiniones de competencia en el ámbito de procedimientos de autorización propios o de otras Entidades (evaluación de planes de eliminación de amianto, contratación de menores y autorizaciones en derogación, Nuevos Establecimientos Productivos);
- control de los historiales sanitarios y de riesgo;
- encuestas sociológicas en el lugar de trabajo en casos de dificultades organizativas;
- protección de las madres trabajadoras, de los trabajadores extranjeros y de los trabajadores discapacitados.
Promoción y educación para la salud – actividades de formación
- información, formación y asistencia dirigida a las figuras empresariales de la prevención y, en particular, a los Responsables de los Servicios de Prevención y Protección (RSPP), a los Representantes de los Trabajadores para la Seguridad (RLS), a los Médicos Competentes, a los Consultores para la prevención y a los Empleadores;
- información y educación sanitaria dirigida a la población objetivo (trabajadores, estudiantes, agricultores, etc.) sobre la prevención en el lugar de trabajo;
- divulgación de material informativo;
- semana de la Seguridad (cada año en octubre).
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Contención de riesgos para la salud en el lugar de trabajo y medidas preventivas
- planes específicos para la prevención de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo;
- evaluaciones etiopatogenéticas, diagnósticas y médicas legales sobre cada trabajador (emisión de idoneidad para la conducción de generadores de vapor y para gases tóxicos, recursos contra el juicio del Médico Competente ex. art. 41 del Decreto Legislativo 81/08, asesoramiento especializado de Medicina del Trabajo y Audiología solicitado por cada trabajador, emisión de certificados de idoneidad para menores trabajadores del espectáculo, certificados de abstención obligatoria pospuesta por maternidad).
Acceso a las prestaciones
Los servicios se pueden solicitar a través de los canales de correo tradicional y electrónico o directamente por el ciudadano en la sede del Servicio.
- Notificación de la activación de nuevas instalaciones de producción (Decreto Legislativo 81/08, art. 67): la construcción y construcción de edificios o locales para trabajos industriales, las ampliaciones y renovaciones de los existentes, deben notificarse mediante la presentación del expediente de construcción en la Ventanilla Única del Municipio donde se prevé la construcción (permiso de construcción/ESTELA) con la correspondiente ficha NIP adjunta;
- Autorizaciones de excepción (lugares de trabajo con alturas mínimas inferiores a 3 m. y uso de locales subterráneos): el dictamen se emite tras la solicitud de la empresa, debidamente cumplimentada;
- Evaluación de los planes de eliminación de materiales que contienen amianto: los planes son presentados por las empresas ejecutoras;
- Maternidad – Abstención obligatoria pospuesta: La visita se realiza, previa cita, en el Servicio Pre.S.A.L. La gestante debe presentar certificado del ginecólogo (que acredite la época de la gestación y la fecha prevista del parto) y la declaración del empleador relativa a las condiciones de trabajo y/o ambientales, que no deben ser perjudiciales para la salud de la mujer y del niño;
- Recurso contra el juicio de idoneidad del Médico Competente: la solicitud de visita colegiada debe presentarse en papel simple y dentro de los 30 días posteriores a la recepción del juicio de idoneidad expresado por el Médico Competente (art. 41 del Decreto Legislativo 81/08);
- Evaluaciones de patologías y trastornos de presunto origen profesional: cada trabajador puede acceder al Servicio Pre.S.A.L. para obtener asesoramiento especializado de Medicina del Trabajo con fines de diagnóstico o de protección médica legal;
- Intervenciones de señalización: la señalización de la presencia de riesgos o situaciones de incumplimiento de las normas de protección de la salud y la seguridad en los lugares de trabajo debe ser presentada por los trabajadores, sus representantes (RLS, sindicatos empresariales o externos) o por ciudadanos individuales, por escrito, firmada y acompañada de un documento de reconocimiento del avisador. Además, debe ser detallada e indicar exactamente el lugar y los riesgos señalados. El personal del Servicio evalúa la idoneidad de la notificación en términos de gravedad y competencia;
- Actividad ambulatoria: la emisión de certificados se realiza después de una solicitud de cita;
- Higiene industrial:
- control de los planes de remediación de amianto;
- evaluación del estado de almacenamiento de los productos que contienen amianto;
- análisis de la presencia de amianto en los materiales y en el aire;
- estudios microclimáticos;
- investigaciones luminotécnicas;
- encuestas ambientales;
- formación riesgo amianto para empleados Entidades Públicas
- Encuestas sociológicas: encuestas sociológicassobre los lugares de trabajo en casos de dificultades organizativas
Asunción de responsabilidad
El Servicio garantiza una evaluación cuidadosa de las solicitudes y de la documentación presentada y garantiza la prestación de los servicios dentro de los límites indicados:
- las visitas de idoneidad (aceptación directa y visita final dentro de los 7 días posteriores a la visualización de las evaluaciones solicitadas);
- la autorización para la ejecución de los planes de eliminación de materiales que contienen amianto, tanto friable como compacto, se realiza dentro de los 30 días posteriores a la presentación de los planes al Servicio Pre.S.A.L.;
- las encuestas de higiene industrial y sociológicas se evalúan para hacerse cargo dentro de los 10 días posteriores a la presentación de la solicitud;
- la comunicación al empleador y a la Dirección Territorial del Trabajo de las evaluaciones sobre la solicitud de maternidad pospuesta se realiza dentro de los 5 días posteriores a la presentación de la solicitud.