Dirección Estratégica

La Dirección Estratégica de la Empresa, compuesta por el Director General, el Director Sanitario y el Director Administrativo, hace uso de la Junta Directiva y ejerce el gobierno estratégico de la Empresa.

El Director General

Las funciones del Director General son las previstas por el art. 3 del Decreto Legislativo n .º 502 de 30 de diciembre de 1992 y posteriores modificaciones e integraciones y por el art. 9 de la Ley Orgánica n .º 18 de 16 de junio de 1994 y posteriores modificaciones e integraciones. El art. 8, párrafo 1 de la L.R. n .º 6 de 18 de febrero de 2002, modificado por la L.R. n .º 4 de 28 de abril de 2006, mantiene distintas las funciones incluidas en los actos de alta administración de las funciones de gestión:

  1. funciones reservadas exclusivamente al Director General;
  2. funciones delegables, en todo o en parte, a los Directores Sanitarios o Administrativos y a los demás Directores de la Empresa.

El Director General atribuye al Director Administrativo, al Director Sanitario, a los Directores de Presidium, de Distrito, de Departamento y a los Directores responsables de Estructura Compleja las funciones que les corresponden:

  1. funciones delegadas por el Director General con las limitaciones, implicaciones y consecuencias derivadas del Instituto de la delegación;
  2. funciones propias, a las mismas atribuidas en el momento de la firma del contrato con el que se confiere el encargo o con acto específico del Director General.

El Director General tiene las funciones de alta administración y las funciones de empleador, mientras delega en varios niveles de la dirección las funciones de gestión:

  1. implementación de los convenios colectivos de trabajo del personal empleado y adopción de los actos de gestión del propio personal;
  2. ejercicio de las facultades de gasto dentro de los límites del presupuesto asignado y adquisición de ingresos;
  3. aprobación de los documentos de licitación para trabajo, suministro y servicios, estipulación de contratos.

El Director General hace uso del Colegio de Dirección como Órgano de la Empresa que contribuye al gobierno de las actividades clínicas y participa en la planificación de la actividad, incluida la investigación, la docencia, los programas de formación y las soluciones organizativas para la implementación de la actividad libre profesional intramuraria.

Es un órgano consultivo que se expresa a través de la formulación de dictámenes no vinculantes para el Director General. También participa en la evaluación interna de los resultados logrados en relación con los objetivos establecidos y es consultado obligatoriamente por el Director General sobre todas las cuestiones relacionadas con el gobierno de las actividades clínicas.

Se revisará el reglamento con las modificaciones previstas en las directrices regionales.

El Comité de Dirección está presidido por el Director General y está compuesto por:

  1. el Director Sanitario;
  2. el Director Administrativo;
  3. los Directores de Departamento, incluidos los interempresariales (en su caso);
  4. los Directores de los Distritos;
  5. los Directores Sanitarios del Hospital;
  6. el Director del Servicio de Enfermería, Obstetricia y Profesiones Sanitarias, Técnicas, de Rehabilitación y Prevención (o figura profesional equivalente).

En relación con cada uno de los temas tratados, está prevista la participación en el propio Colegio de directivos o profesionales a los que se confía la responsabilidad de estructuras o cargos de especial relevancia estratégica.

El Colegio de Dirección se reúne, por regla general, al menos una vez cada tres meses. La convocatoria, que contiene el orden del día de la sesión, se envía por correo electrónico a los componentes con un preaviso de siete días (tres días en caso de urgencia).

La documentación relativa a los temas a tratar, por regla general, se pone a disposición de los miembros del Colegio en el momento de la convocatoria (al mismo tiempo que la sesión, en caso de convocatoria de urgencia).

El orden del día de las reuniones es preparado por el Director General, previa consulta a los Directores Sanitario y Administrativo. Para la validez de las reuniones del Colegio deben estar presentes la mitad más uno de los componentes. Para las decisiones del Colegio, los criterios son los siguientes:

  1. mayoría absoluta (la mitad más uno de los componentes) para opinión sobre el Plan Estratégico trienal, el Acta de la empresa, el programa anual de formación, los proyectos de investigación e innovación y todos los actos de valor programático;
  2. la mayoría simple (la mitad más uno de los presentes en los demás casos).

De las reuniones del Colegio se redacta un acta que se envía por correo electrónico y se aprueba en la siguiente sesión. La calidad de miembro del Colegio y sus funciones forman parte de las tareas institucionales de cada sujeto y, por lo tanto, no se prevé ninguna compensación por la participación en las sesiones y por las actividades realizadas. La actividad del Colegio requiere que los componentes cumplan con la obligación de confidencialidad con respecto a la información obtenida y los datos procesados.

En particular, corresponde a la Dirección Estratégica de la empresa:

  1. la identificación de los objetivos y de los programas anuales y plurianuales definidos sobre la base de los objetivos institucionales de la empresa y en coherencia con las líneas de programación y de orientación regionales;
  2. la organización empresarial y la programación de la productividad y de la calidad de las prestaciones;
  3. el gobierno y la gestión de los recursos humanos, incluidas las políticas de desarrollo profesional y de formación;
  4. la planificación de recursos e inversiones;
  5. el gobierno de las relaciones internas y externas;
  6. la garantía de la seguridad y la prevención.

El Director Sanitario y el Director Administrativo expresan su opinión sobre los actos del Director General en la medida de sus competencias y además:

  • expresan su opinión sobre cualquier cuestión que se les someta;
  • desempeñan las funciones y adoptan los actos que les han sido delegados y atribuidos por el Director General;
  • formulan, para las partes de competencia, propuestas al Director General, a efectos de la elaboración de los planes plurianuales, de los programas anuales y de los proyectos de actividades;
  • se encargan, en la medida de sus competencias, de la ejecución de los programas y planes de la empresa a través de los servicios que dependen de ella;
  • ejercen las facultades de gasto en el ámbito de las delegaciones recibidas por el Director General y por los importes determinados por el mismo;
  • determinan, informando a las Organizaciones Sindicales, los criterios generales de organización y los servicios de su respectiva competencia en el ámbito de las directivas recibidas del Director General y de la Región;
  • verifican y controlan la actividad de los directivos de los servicios y adoptan las medidas consiguientes, incluso de carácter sustitutivo, informando al Director General, también a efectos de control interno;
  • desempeñan cualquier otra función que les atribuyan las leyes y reglamentos.

El Director Sanitario

El Director Sanitario es nombrado, de acuerdo con los requisitos específicos previstos por el art. 3, párrafo 7, del Decreto Legislativo n .º 502/92 y posteriores modificaciones e integraciones, y por el art. 15 de la Ley Orgánica n .º 18/94 y posteriores modificaciones e integraciones, por el Director General.

El Director Sanitario dirige los servicios sanitarios con fines organizativos e higiénico-sanitarios y proporciona dictamen obligatorio al Director General sobre los actos relativos a las materias de su competencia; asegura la continuidad operativa con las estructuras con los profesionales, a través de su coordinación unitaria y el desarrollo de metodologías organizativas destinadas a realizar la toma a cargo de los usuarios-pacientes y la continuidad asistencial.

El Director Sanitario, con el fin de desarrollar el gobierno clínico y promover el conocimiento y la utilización de los instrumentos que le son propios, recurre a los Comités, Comisiones y Grupos de Trabajo previstos por la normativa vigente.

El Director Sanitario preside el Consejo de Sanidad.

El Director Administrativo

El Director Administrativo es nombrado, de acuerdo con los requisitos específicos previstos por el art. 3, párrafo 7, del Decreto Legislativo n .º 502/92 y posteriores modificaciones e integraciones, y por el art. 15 de la Ley italiana n .º 18/94 y posteriores modificaciones e integraciones, por el Director General.

El Director Administrativo dirige los servicios administrativos de la Empresa de conformidad con las directrices generales de programación y las disposiciones del Director General, asegura la corrección, integridad y transparencia de los procesos de formación de los documentos representativos de la dinámica económica, financiera y patrimonial, la legitimidad de los actos y el correcto desempeño de las funciones de soporte técnico, administrativo y logístico. Define las orientaciones operativas de las estructuras asignadas al gobierno económico financiero corporativo y garantiza, desde el punto de vista administrativo, el desarrollo y la implementación de las redes que presiden el sistema informático de apoyo a las actividades de gestión propias de los diferentes niveles de gobierno corporativo y promueve programas específicos para la formación del personal administrativo.

Contacto

Comisaria Extraordinaria: Dra. Sabrina Pulvirenti

Sede central Frosinone

  • Dirección: Via Armando Fabi – 03100 Frosinone
  • Teléfono de secretaría: 0775.8822436
  • Correo electrónico: direzione.generale@aslfrosinone.it

Directora Administrativa: Dra. Eleonora Di Giulio

Sede central Frosinone

  • Dirección: Via Armando Fabi – 03100 Frosinone
  • Teléfono de secretaría: 0775.8822396
  • Correo electrónico: direzione.amministrativa@aslfrosinone.it

Director sanitario: Dr. Luca Casertano

Sede central Frosinone

  • Dirección: Via Armando Fabi – 03100 Frosinone
  • Teléfono de secretaría: 0775.8822271 – 0775.8822274
  • Correo electrónico: direzione.sanitaria@aslfrosinone.it

Última actualización: 09/11/2023

Pubblicato il: 02/03/2022

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