El Comité es la estructura suprazonal prevista por el art. 16 de la A.C.N. 17/12/2015, delegada entre sus funciones también a la gestión unitaria de la relación laboral convencional, ejercida en varias ASL o Entidades, de los médicos especialistas ambulatorios y de los profesionales (biólogos, psicólogos y químicos).
Desempeña funciones en el ámbito provincial para el área de la medicina especializada.