Se informa de que esta empresa sanitaria tiene la intención de renovar y/o estipular desde cero convenios específicos con entidades de crédito, sociedades financieras, a que se refiere el artículo 15 del Decreto Presidencial 180/1950, con el fin de permitir el acceso de sus empleados a préstamos por delegación.
Las sociedades interesadas en los contratos de financiación deberán estar inscritas en la lista /registro de intermediarios financieros o bancos autorizados para operar en el sector financiero, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 106 y 107 de D.Lgs.385/93 y en el Decreto Legislativo n.141/2010.
Las instituciones y empresas que cumplan con los requisitos anteriores que soliciten a la Empresa podrán acceder a la estipulación de un convenio específico de tres años con efecto a partir de enero de 2023, de acuerdo con el Reglamento aprobado con la Resolución N .º 58 del 26/01/2023 y el esquema de convenio adjunto.
Las solicitudes deberán dirigirse a la UOC Desarrollo y Valorización de los Recursos Humanos a través del correo electrónico certificado : protocollo@pec.aslfrosinone.it
Una vez completada la instrucción con resultado positivo, se procederá a la firma del Convenio por parte del Instituto interesado y la ASL de Frosinone.
Al final del procedimiento de convenio, será posible activar las delegaciones de pago, para las financiaciones concedidas, por la entidad de crédito concertada, a los empleados de esta Administración.
El Director interino
UOC Desarrollo y Valorización de los Recursos Humanos
Dr. Vincenzo Brusca